Trabajo y Mesa Electoral

Trabajo y Mesa Electoral
TRABAJO Y MESA ELECTORAL 1

¿Qué ocurre si siendo trabajador, tanto régimen general como autónomo, nos citan para sentarse en la mesa electoral?

Existen varias situaciones:

  • Trabajador en régimen general:
  1. Si se recibe la citación para sentarse en la mesa electoral: el trabajador dispondría de permiso retribuido para asistir a las votaciones (en caso de que ese día se trabajara).
  2. Si se alarga el recuento de votos: Al día siguiente de las elecciones se puede acudir al trabajo hasta 5 horas más tarde.
  3. Suplentes: Sólo tendrán  permiso si llegan a sentarse en la mesa electoral.
  4. Si en las votaciones o en la misma mesa hay una pelea y/o agresión: tendrá la consideración de accidente de trabajo.
  • Trabajador autónomo:

No se aplica nada de lo expuesto anteriormente, ya que estos permisos solo son de aplicación en el régimen general o de funcionarios.

Asesoria Romero y Roldán – La Eliana (Valencia)

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