El documento es oficial: está emitido por la Tesorería General de la Seguridad Socia (T.G.S.S), la cual forma parte del ministerio de Trabajo y Seguridad Social (S.S.). El informe contiene logotipos oficiales y es gratuito, desconfíe si le solicitan dinero a cambio.
Datos disponibles en la S.S: en la mayoría de los casos lo que usted recibe corresponde al 100% con la realidad. Hay situaciones que pueden no estar registradas o ser erróneas, esto suele ocurrir con trabajos de hace muchos años cuando aún no existían bases informáticas. Si detecta un error debe presentar reclamación de datos de su vida laboral y aportar la información que disponga, si es que la tiene.
La S.S se estructura en distintos regímenes: el trabajo por cuenta ajena se incluye en el régimen general, si ha trabajado por cuenta propia se incluye en el régimen de autónomos, si ha trabajado en el régimen del mar o de la minería del carbón, etc. figurará el código correspondiente.
Empresa y situaciones asimiladas: puede aparecer el nombre de la empresa o el Código de Cuenta de Cotización (CCC), si ha sido autónomo aparecerá la clave de la provincia en la que se dió de alta. También aparecen las situaciones asimiladas al alta en las que haya cotizado (prestación por desempleo, vacaciones retribuidas y no disfrutadas, convenio especial con la S.S, etc.)
Día que empezó la situación laboral y día de efectos: la fecha del alta es en la que usted empieza a cotizar en una empresa, suele coincidir con la fecha a efectos, aunque a veces puede variar.
Fecha de baja = final de la situación laboral: es una baja laboral o en una asimilada, no es una baja por enfermedad. Indica cuando finaliza una situación laboral y se deja de cotizar por ella. Si no se ha producido la baja, en este apartado aparecerán lineas discontinuas que indican que la situación no se ha acabado todavía.
Tipo de contrato de trabajo: C.T es la clave que utiliza la S.S. para identifica la modalidad del contrato de trabajo. Por ejemplo, si es indefinido a tiempo completo la clave será 100, si es indefinido a tiempo parcial la clave será 200, y así con los diferentes tipos de contratos y sus jornadas correspondientes.
Trabajo a tiempo parcial: C.T.P. % indica el coeficiente parcial sobre la jornada habitual. Por ejemplo, si usted ha trabajado cuatro horas diarias y la jornada completa son ocho le aparecerá el 50%. Esto es importante a la hora de computar el total de días trabajados, puesto que, en este caso, el trabajador cotiza un día a jornada completa por cada dos días trabajados.
Grupos de cotización: van del 01 (ingenieros y licenciados) al 11 (menores de 18 años).
Días cotizados: puede que no cuadren los números, esto se puede deber a dos causas:
Situación de pluriempleo (trabaja en más de una empresa simultáneamente, solo se computarán un día entero trabajado aunque en el mismo día trabaje en más de un sitio) o pluriactividad (alta simultánea en dos o más regímenes de la S.S., por cuenta ajena en el general y por cuenta propia en autónomos,)
La mencionada en el punto 8 sobre jornada parcial.