Novedades laborales 2019

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AUTÓNOMOS (Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre)

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  • Todos los trabajadores autónomos cotizarán por todas las contingencias: contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación.

  • Obligatoriedad de que la cobertura por contingencias profesionales, incapacidad temporal y cese lo gestione una mutua colaboradora.

  • Nuevas bases de cotización:

  1. Base mínima de cotización: 944,40 euros (cuota a pagar de 283,30 euros al mes)

  2. Base mínima del autónomo societario: 1.214,08 euros (cuota a pagar de 364,22 euros).

  • El tipo de cotización también varía y se sitúa en 2019 en:

Cobertura

2019

Contingencias comunes

28,30%

Contingencias profesionales

0,9%

Cese de actividad

0,7%

Formación profesional

0,1%

TOTAL

30,00%

  • Tarifa plana: la novedad es que en 2019 será una cuota de 60 euros al mes (cotizando obligatoriamente por contingencias profesionales, pero no por cese y formación).

  • Autónomo en situación de incapacidad temporal: en las nuevas incapacidades temporales, a partir del día 60 en situación de baja médica, la cuota de autónomo la abonará directamente la mutua.

  • Al tener cubiertas todas las contingencias (tanto comunes como profesionales), el trabajador autónomo que tenga una situación de accidente de trabajo/enfermedad tendrá que acudir directamente a la mutua.

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RÉGIMEN GENERAL (ORDEN TMS/83/2019 DE 31 DE ENERO DE 2019)

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  • Salario mínimo interprofesional (SMI): se establece un salario base diario de 30 euros, que equivalen a 900 euros mensuales + la parte proporcional de las pagas extraordinarias (lo que hace una base total de cotización de 1.050 euros). El salario anual será por tanto de 12.600 euros.

  • Indicador Público de rentas de efectos múltiples (IPREM): se establece un salario base diario de 17,93 euros, que equivalen a 537,84 euros mensuales y 6.454,03 euros anuales.

  • Cambios en las bases de cotización:

  1. Base máxima: 4.070,10 euros mensuales

  2. Base mínima: 1.050 euros (Salario mínimo interprofesional)

Las bases por grupos profesionales quedarán así:

Categorías profesionales

Bases mínimas

Bases máximas

Grupo 1: Ingenieros y licenciados

1.466,40

4.070,10

Grupo 2: Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados

1.215,90

4.070,10

Grupo 3: Jefes administrativos y de taller

1.057,80

4.070,10

Grupo 4: Ayudantes no titulados

1.050,00

4.070,10

Grupo 5: Oficiales administrativos

1.050,00

4.070,10

Grupo 6: Subalternos

1.050,00

4.070,10

Grupo 7: Auxiliares administrativos

1.050,00

4.070,10

Grupo 8: Oficiales de primera y segunda

35

4.070,10

Grupo 9: Oficiales de tercera y especialistas

35

135,67

Grupo 10: Peones

35

135,67

Grupo 11: Menores de 18 años

35

135,67

Las bases de cotización mínimas en contratos a tiempo parcial, serán las siguientes:

Categorías profesionales

Bases mínimas por hora

Grupo 1: Ingenieros y licenciados

8,83

Grupo 2: Ingenieros tecnicos, peritos y ayudantes titulados

7,32

Grupo 3: Jefes administrativos y de taller

6,37

Grupo 4: Ayudantes no titulados

6,33

Grupo 5: Oficiales administrativos

6,33

Grupo 6: Subalternos

6,33

Grupo 7:Auxiliares administrativos

6,33

Grupo 8: Oficiales de primera y segunda

6,33

Grupo 9: Oficiales de tercera y especialistas

6,33

Grupo 10: Peones

6,33

Grupo 11: Menores de 18 años

6,33

  • Tipos de cotización:

  1. Contingencias comunes: 28,30% (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% del trabajador)

  2. Contingencias profesionales: se mantienen las tarifas.

  3. Horas extraordinarias fuerza mayor: 14,00% (12,00% a cargo de la empresa y 2,000% del trabajador).

  4. Resto horas extraordinarias: 28,30% (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% del trabajador).

  1. Desempleo tipo general: 7,05% (5,50% a cargo de la empresa y 1,55% del trabajador).

  2. Fogasa: 0,20% a cargo de la empresa.

  3. Formación profesional: 0,70% (0,60% a cargo de la empresa y 0,10% del trabajador).

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EMPLEADOS DE HOGAR

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  • Bases de cotización para el año 2019:

Tramo

Retribución mensual

Base cotización

Hasta 240,00

206,00

De 240,01 a 375,00

340,00

De 375,01 a 510,00

474,00

De 510,01 a 645,00

608,00

De 645,01 a 780

743,00

De 780,01 a 914,00

877,00

De 914,01 a 1.050,00

1.050,00

De 1050,01 a 1.144,00

1.097,00

De 1144,01 a 1.294,00

1.232,00

10º

Desde 1.294,01

Retribución

  • Tipos de cotización:

  1. Contingencias comunes: 28,30% (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% del trabajador).

  2. Contingencias profesionales: 0,90% (0,46% para incapacidad y 0,44 para invalidez, muerte y supervivencia).

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