Actualmente, y como ya llevamos haciendo meses atrás, la sociedad mira con preocupación la evolución del Covid-19 ya que una enfermedad infecciosa causa una situación compleja, más si es considerada una pandemia. Además, esta crisis sanitaria está causando muchas incógnitas para las empresas de nuestro país, entre otros. Por tanto, muchas empresas se han visto en la obligación de tramitar ERTES.
Los ERTE si podrán incidir en las vacaciones dependiendo del tipo al que el trabajador se le haya aplicado, es decir, si ha sido un ERTE parcial o total.
ERTE PARCIAL
En el ERTE parcial la acumulación de días de vacaciones no se ve afectada. Con esto queremos decir que le corresponden los mismos días de vacaciones que si no se hubiera acogido a un ERTE parcial.
Es de vital importancia recalcar que los trabajadores acogidos a un ERTE parcial o con reducción de jornada percibirán un salario bruto anual inferior. Además, la cuantía a obtener durante las vacaciones también será menor.
ERTE TOTAL
En el ERTE total, al estar suspendida la relación laboral, el trabajador no percibirá vacaciones durante el periodo de tiempo en el que esté de ERTE.
Esto conlleva a que para saber los días que nos pertenezcan de vacaciones calcularemos la correspondencia de días trabajados durante el año. Hemos de recordar que la proporción de días de vacaciones es de 2,5 días por mes trabajado.
Por ejemplo, si hubiésemos estado en ERTE total durante 2 meses habrían 5 días de vacaciones que no se percibirán.
Para finalizar, diremos que cuando un trabajador haya salido del ERTE volverá a percibir el salario bruto anual que obtenía antes de acogerse al ERTE al igual que el importe por cada día de vacaciones.