¿Cómo defenderme de las sanciones laborales?

El empresario puede sancionar a un trabajador por comportamientos o acciones dolosas cometidas en la empresa, infringiendo las leyes laborales o las normas del convenio del sector al que pertenezca. Así, un trabajador se puede encontrar en multitud de circunstancias sancionables dentro de su actividad normal en la empresa, y el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento de la misma.

Aunque el Estatuto de los Trabajadores no menciona ningún procedimiento especial, las faltas graves o muy graves deben comunicarse por escrito al trabajador e informar al Comité de Empresa, con especificación de la fecha y un relato breve de los hechos que han ocasionado dicha sanción. Lo convenios pueden incluir normas adicionales sobre como se inician o redactan los expedientes disciplinarios. Se establecerá la incoación  del expediente contradictorio en el que el trabajador y el Comité de Empresa conocen de qué falta tipificada se le acusa y deben ser escuchados para relacionar  todas las alegaciones o relatos de los hechos que consideren oportunos.

Se han dado muchos casos en los que se han cometido excesos en la descripción de las conductas, por ello, el trabajador debe tener en cuenta que la sanción se corresponde con la gravedad de los hechos. Una visión muy parcial o arbitraria de los hechos pueden suponer sanciones desmedidas y despidos improcedentes con los consiguientes costes para el empresario.  Un trabajador bien asesorado no permitirá que se cometan excesos en las sanciones.

Tampoco se debe permitir que antiguos hechos supongan sanciones actuales, esto es, unos hechos concretos sancionables prescriben con el paso del tiempo.

Todas estas sanciones y expedientes pueden generar situaciones de acoso laboral puesto que el empleado se encuentra indefenso ante la superioridad de poder de los jefes. Por ello, se recomienda contactar con una asesoría  o profesional especializado en derecho laboral, para que el empleado pueda informarse de los derechos que le asisten y cuales son las actuaciones posteriores a realizar, además pueden representarle legalmente en todo tipo de asuntos laborales ante el SMAC y los Juzgados de lo Social.

Pero, ¿cómo me defiendo en primera instancia?

Al recibir el escrito con la notificación de la sanción se debe firmar como no conforme, es decir, agregar las palabras \»NO CONFORME\» junto a la firma. Esto preparará las actuaciones de mediación entre la empresa y el empleado ante el SMAC pudiéndose llegar hasta los juzgados de lo Social en caso de que no se llegue a un acuerdo en esta fase.

 

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